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Tribunal de Cuentas de La Pampa
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Institucional

¿Cuándo y cómo puedo solicitar una ampliación de plazo?

Cuando existan razones fundadas, el plazo puede ampliarse por única vez hasta un máximo de 30 días (Art. 14, Decreto Ley 513/69).

La solicitud debe presentarse próxima al vencimiento, mediante nota formal que indique el ejercicio involucrado y los motivos que fundamentan el pedido. Si se solicita para responder un pedido de antecedentes, debe agregarse también el número de expediente y el número de pedido de antecedentes.

Una vez confeccionada, la nota debe imprimirse, firmarse, escanearse y remitirse por correo electrónico a los Relatores Mayores, o bien presentarse en formato original a través de la Mesa de Entradas del Tribunal.