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Institucional
¿En qué plazos deben presentarse las rendiciones de cuentas de los Poderes Públicos Provinciales y Organismos autárquicos o descentralizados?
- Rendiciones mensuales: dentro de los 30 días posteriores al cierre de cada período. (Art. 11, Decreto Ley 513/69.)
- Rendiciones diarias: ante el Tribunal de Cuentas dentro de las 48 horas hábiles desde el día en que se efectuaron los pagos. (Art. 1, Resolución N° 20/2004 del TdeC.)